Embargan las Cuentas de Abel Martínez por deuda de 22 Millones de Pesos

Santiago. Se ha revelado el caso del embargo retentivo notificado mediante acto de alguacil No.1850/2024 a requerimiento del señor Francisco Tomás Reyes Acevedo en las cuentas personales del ex-alcalde del Ayuntamiento Municipal de Santiago y ex-candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Abel Martínez, por un monto de 22,840,000 pesos (veintidós millones ochocientos cuarenta mil pesos).
El origen de este conflicto radica en la falta de ejecución de una sentencia de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial, que condenó al ayuntamiento a pagar al albañil Tomás Reyes Acevedo la suma de 3,399,791.12 pesos (tres millones trescientos noventa y nueve mil setecientos noventa y uno con doce pesos) por servicios prestados al cabildo.
La sentencia número 365-2021-SSEN-00192, dictada el 6 de julio de 2021, se convirtió en definitiva al no ser apelada por el Ayuntamiento. Esta sentencia fue notificada al pasado alcalde Abel Martínez el 28 de julio de 2021, mediante el acto número 220/2021, instrumentado por el alguacil Jairo Fermín. Sin embargo, al no lograrse el pago de la condena, Reyes Acevedo interpuso una acción de amparo de cumplimiento, que fue acogida por la Presidencia de la Cámara Civil de Santiago mediante la sentencia número 0514-2022-SSEN-00027, del 28 de abril de 2022. Este fallo ordenó a Abel Martínez incluir la deuda en el presupuesto del año 2023 e impuso una astreinte de 20,000 pesos (veinte mil pesos) diarios por cada día de retraso en la ejecución de la decisión.
El reconocido abogado Mayobanex Peña, representante legal del reclamante, informó que se solicitó la liquidación de esa sanción económica (astreinte) debido al prolongado retraso en la ejecución de la decisión. Expuso que lleva más de cuatro años gestionando el pago de los montos condenatorios, sin éxito. “Tengo cuatro sentencias a favor y aún así persiste la resistencia, el desacato y la arbitrariedad del ex-alcalde Abel Martínez”, deploró Peña. El abogado informó que cuenta con una sentencia que condena al propio Abel Martínez y que la misma es ejecutoria no obstante cualquier recurso ya que ordena la liquidación del astreinte de 20,000 pesos diarios a partir del primero (1) de octubre del 2022 hasta la fecha.
Este incidente no es un hecho aislado. Abel Martínez tiene un historial prolongado de desacato e incumplimiento de sentencias judiciales, incluyendo sentencias del Tribunal Constitucional. Sentencias como la TC-0266-21, TC/0048/19 y TC-0264-22 han impuesto astreintes en su contra. Sin embargo, parece que para el señor Martínez, estas sentencias son meros «papeles de baño» a los cuales ignora sistemáticamente, mostrando un desdén absoluto por el Estado de Derecho que rige en nuestra nación.
Es crucial recordar que la Ley 86-11, promulgada por el propio Abel Martínez durante su mandato como presidente de la Cámara de Diputados, establece claramente las obligaciones de los funcionarios públicos en cuanto al cumplimiento de las sentencias judiciales. Desacatar estas decisiones no solo es una actuación arbitraria, sino que constituye una grave violación al derecho fundamental de la tutela judicial efectiva, consagrado en nuestra Constitución.
El alcalde, como máxima autoridad del Ayuntamiento, debe prever e incluir en el ejercicio presupuestario las obligaciones impuestas por las sentencias judiciales, conforme a los artículos 3 y 4 de la Ley 86-11. Además, el artículo 60, numeral 17 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios, promulgada el 17 de julio de 2007, atribuye al síndico la formulación del proyecto de presupuesto municipal y sus modificaciones, que deben ser aprobadas por el Concejo Municipal, conforme a lo estipulado en el literal g) del artículo 52 de la misma ley.
En la sentencia TC-0264-22, el Tribunal Constitucional enfatizó que en casos de incumplimiento persistente de las obligaciones legales, la responsabilidad patrimonial de las entidades públicas y de sus funcionarios puede verse comprometida. El artículo 148 de la Constitución establece que las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarios o agentes serán responsables, conjunta y solidariamente, por los daños y perjuicios causados a personas físicas o jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica.
Como ciudadanos y defensores del Estado de Derecho, no podemos permitir que estas acciones queden impunes. Exigimos el cumplimiento estricto de las sentencias judiciales y la rendición de cuentas por parte de todos los funcionarios públicos, incluyendo al ex-alcalde Abel Martínez. Este es un llamado a la justicia y a la integridad institucional.