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Sancionarían con 150 salarios mínimos artistas que hablen de drogas en sus canciones en RD

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SANTO DOMINGO RD .- En el Senado de la República cursa un proyecto de ley que prohíbe todo tipo de música, publicación, publicidad, propaganda o programas a través de los medios de comunicación tradicionales, redes sociales u otro medio que contenga estímulos y mensajes subliminales auditivos, impresos o audiovisuales que tiendan a favorecer el consumo y el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas.

La iniciativa, que tiene como proponente al senador de la provincia Hato Mayor, Cristóbal Venerado Castillo (PRM), busca modificar el artículo 36 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana.

La reforma a la ley, depositada en el órgano parlamentario el pasado 02 de diciembre, es con el fin de que se amplíe la prohibición a incitar al consumo de drogas y sustancias controladas a través de las canciones, ropas y demás métodos de difusión.

Aunque en el artículo 36 de la Ley 50-88 se prohíbe el promover el uso de drogas y sustancias controladas, no contempla sanciones.

De manera textual, la legislación vigente dice: “Se prohíbe cualquier tipo de publicación, publicidad, propaganda o programas a través de los medios de comunicación, que contengan estímulos y mensajes subliminales, auditivos, impresos o audiovisuales que tiendan a favorecer el consumo y el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas”.

Con la nueva pieza, se impedirá el uso de prendas de vestir que hagan alusión a las drogas y/o sustancias controladas, lo cual, según Castillo, incita a su consumo y hace ver como normal y legal, algo que está prohibido por el ordenamiento jurídico dominicano.

Sanciones

El pliego legislativo establece que los medios de comunicación que incumplan con lo establecido en la normativa de ley serán penalizados con multas de 100 salarios mínimos.

Asimismo, los artistas que decidan en sus canciones hablar de drogas y/o sustancias controladas recibirán una sanción de 150 salarios mínimos y la música en cuestión será vedada.

Además, los comercios que se dediquen a la venta de prendas de vestir que hagan alusión a lo que se prohíbe en el proyecto de ley, serán sancionados con una multa de 50 salarios mínimos.

En caso de los infractores reincidir en el hecho, se les aplicará el doble de las sanciones.

Para la iniciativa ser efectiva, deberá ser tomada en consideración, aprobarla mediante un informe, sancionarla en ambas cámaras y ser promulgada.

Razones para proponer la iniciativa

Una de las razones que motivó al senador Cristóbal Venerado Castillo proponer la pieza, según consta el documento de ley, es que los medios de comunicación “están llenos de propaganda que ha normalizado el hecho de escuchar canciones, que inciten la ingesta y el consumo de drogas y sustancias controladas, sin que exista ninguna pena, ni prohibición para esto”.

Detalla también que pese a esto se ha propagado el uso de diseños y serigrafía en las prendas de vestir con mensajes subliminales en apoyo a este tipo de sustancias.

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