De InterésEducaciónNoticias

Educación desvincula a cuatro «profesores» que ejercían con títulos falsos

127views

Santo Domingo. El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) informó este jueves que fueron desvinculadas cuatro personas por desempeñar las funciones de docentes de manera irregular, debido a que títulos universitarios que portaban eran falsos.

Se trata de José Manuel Otaño Espinoza, quien se desempeñaban como maestro de Educación Física del Nivel Medio del Tevecentro Profesora Hilda Luz Pérez, Centro del Distrito 02-05, San Juan; Roberto Antonio Morel de la Paz, técnico docente del Distrito 04-01, San Cristóbal; Wendy M. Félix Pimentel, fungía como orientadora de Básica en la Escuela Primaria Práxedes Félix, del 01-04, Barahona, y Felipe Castillo Arias, como docente en la escuela San Francisco Online, del Distrito Educativo 12-01, Higüey, según un comunicado de prensa

«Las desvinculaciones se realizan luego de que el Minerd agotara todos los procedimientos establecidos por la normativa, en procura de respetar los derechos instituidos y el debido proceso, realizado por la Dirección de Gestión Humana, dando cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 de numerales 2,4 y 20, de Función Pública, que establece que se constituye falta de tercer grado, cuya emisión dará lugar a la destitución del cargo, cuando incurran en actos que atenten gravemente contra los intereses del Estado», explicó la institución.

Indicó que las cancelaciones fueron emitidas, además, por no cumplir con los requisitos de ingreso al sistema docente, establecidos en el decreto No. 639-03, que crea el estatuto del docente en su artículo 12, literal A, que sostiene que el ingreso a la función docente se hará previo al cumplimiento de los requisitos, que establece la Ley General de Educación 66-97: tener título docente o habilitación, validada por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mecyt).

«La falsificación de documentos (títulos) se considera un delito que es castigado con la pena de 3 a 10 años de trabajos públicos, a cualquier otra persona que cometa falsedad en escritura auténtica o publica, como lo establece el artículo 147 del Código Penal Dominicano», finalizó.

Leave a Response